-«CASO AITOR ZABALETA»- La acusación popular denuncia que la Fiscalía deja impunes a los grupos nazis

LORENZO MARINA

MADRID.- La calificación del fiscal José Hidalgo negando que el grupo neonazi Bastión 1903 sea una asociación ilícita ha desatado la polémica. El representante del Ministerio Público mantiene únicamente la acusación de desórdenes públicos contra 11 ultras por la agresión a los seguidores de la Real Sociedad el 8 de diciembre de 1998, día del asesinato de Aitor Zabaleta junto al estadio Vicente Calderón.

La acusación popular, ejercida por el Movimiento contra la Intolerancia, denuncia que la postura de la Fiscalía dejará impunes a los grupos neonazis.

El presidente del Movimiento Contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, tildó ayer la calificación del fiscal de «grave error». A juicio de Ibarra, la posición de la Fiscalía dificulta sobremanera el procesamiento de los grupos urbanos violentos. No obstante, Esteban Ibarra mantiene algo de optimismo. «La Audiencia Provincial y la propia legislación nos dan la razón».

El fiscal José Hidalgo, en su escrito dirigido al Juzgado de Instrucción número 40, absuelve a los 11 encausados del delito de asociación ilícita. Sin embargo, sostiene que el grupo Bastión está «caracterizado por su comportamiento violento en los partidos de fútbol». El Ministerio Público insiste también en que el grupo «carecía de toda organización, consistencia y jerarquía».

El escrito del fiscal contraviene claramente el auto dictado por la sección cuarta de la Audiencia Provincial, presidida por Pilar Oliván. La Audiencia ordenó al Juzgado de Instrucción 40 la instrucción por un asociación ilícita al tiempo que afirmaba que «existen indicios suficientes de la comisión del delito».

Asimismo, la Audiencia puntualiza que el delito de asociación ilícita castiga el abuso del derecho de asociación, recogido en el artículo 22 de la Constitución.

Los 11 procesados, tanto por asociación ilícita como por desórdenes públicos, son Ricardo Guerra Cuadrado, condenado a 17 años de cárcel por el asesinato de Aitor Zabaleta; Juan Ignacio Calderón Serrano, alias Nacho el Loco; Carlos Alfonso de Bedoya Flores, alias Car; Ignacio Racionero Fernández, alias Nachito; Miguel Angel Marcos Bueno, alias el Tocho, cabecilla de Bastión; Israel Gonzalo Canabal, alias Isra; José Ismael Blázquez Muñoz, alias Isma; Jorge Mallea Ferro, alias el Pulga; Alexis Sekulitis Fernández y José Luis López Sánchez, alias José el Rocker.

Los procesados están acusados de agresiones a seguidores de la Real Sociedad la tarde del pasado 8 de diciembre de 1998 en las inmediaciones del estadio Vicente Calderón, momentos antes del partido de vuelta de la UEFA entre el Atlético de Madrid y la Real. El ataque se inició en el bar El Parador y se trasladó a la pared del estadio.

El origen de este ataque se remonta al pasado 24 de noviembre de 1998. El autobús de Bastión fue apedreado nada más salir de San Sebastián en el partido de ida. Los neonazis fraguaron su venganza con todo lujo de detalles el 5 de diciembre de 1998 en la grada del estadio Vicente Calderón, en el partido de Liga que enfrentaba al Atlético de Madrid con el Athletic de Bilbao. Un vídeo mostraba a la mayoría de los procesados luciendo estética skin head y hablando tras la pancarta de Bastión. Tres días después llevaron a cabo su particular vendetta.

Los skin heads de Bastión aguardaron a los hinchas donostiarras en la puerta del bar. La mayoría eran integrantes de la peña femenina Izar. En el momento en que salieron los seguidores de la Real, los empujaron, increparon y golpearon, «a la vez que les lanzaban vasos y botes». Los donostiarras apretaron el paso pegados a la pared del Vicente Calderón en busca de las puertas 5 y 6. Pero los acusados continuaron propinando todo tipo de golpes a los hinchas de la Real Sociedad. En el fondo norte del estadio fue asesinado Aitor Zabaleta a manos de Ricardo Guerra.

La titular del Juzgado de Instrucción número 40, María del Rosario Esteban, decidió dividir el caso en dos causas distintas. La primera, el juicio a Ricardo Guerra por el asesinato de Aitor Zabaleta, condenado finalmente a 17 años de cárcel. La segunda causa fue abierta a 11 integrantes de Bastión, Ricardo Guerra entre ellos, por desórdenes públicos.

A continuación, el Movimiento Contra la Intolerancia, personado en el proceso como acusación popular, recurrió ante la Audiencia Provincial y pidió el procesamiento también por asociación ilícita.

La Audiencia Provincial dio la razón al Movimiento Contra la Intolerancia y remitió la causa al Juzgado de Instrucción 40 para que instruyera por ambos delitos: desórdenes públicos y asociación ilícita. La juez María del Rosario Esteban acató el auto de la Audiencia y dictó, esta vez, la apertura de juicio oral por los dos delitos.

La mayoría de los 11 procesados prestaron declaración el pasado mes de marzo ante la Sección XXIII de la Audiencia Provincial, durante el juicio a Ricardo Guerra por el asesinato de Aitor Zabaleta. Los testimonios de los 11 integrantes de Bastión ante la Sala fueron milimétricamente iguales. Todos coincidieron en definir a Bastión como «sólo una pancarta». Otros puntualizaron que este grupo neonazi era tan sólo «un trozo de tela».

El presidente del Movimiento Contra la Intolerancia se mostró confiado en que prosperará su acusación en el próximo juicio a Bastión, porque la Audiencia Provincial y la legislación les dan la razón. Ibarra indicó que en el próximo juicio a este grupo neonazi «hay pruebas de sobra».


Pena de cuatro años

El artículo 515.5 del vigente Código Penal considera punible como asociación ilícita «las que promuevan la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, o inciten a ello». A los fundadores de las asociaciones ilícitas el artículo 517 del Código Penal impone penas de dos a cuatro años de cárcel, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 a 12 meses. Sobre los miembros activos de una asociación ilícita recaen las penas de uno a tres años de cárcel y multa de 12 a 24 meses. Los miembros de Bastión se enfrentan también a tres años de prisión por desórdenes públicos.

IMPRESIONES

La extraña (y no demasiado laboriosa) Fiscalía de Bermejo

Con su habitual sentido de la prospectiva, el fiscal jefe de Madrid, Mariano Fernández Bermejo, anunció ya hace tiempo a los representantes del Movimiento Contra la Intolerancia, que ejercen de acusación popular en el caso Zabaleta, que no veía posibilidad de perseguir legalmente a los miembros del grupo neonazi Bastión por el delito de asociación ilícita. La siempre singular Fiscalía madrileña lo tenía tan claro que no se dejó impresionar por el hecho de que la Audiencia Provincial, en sentencia dictada sobre el caso, dijera: «Consideramos que existen indicios suficientes de la comisión del delito de asociación ilícita», criterio que razonó debidamente. Ahora, el fiscal del caso, José Hidalgo García, siguiendo los dictados de su jefe Bermejo, acaba de enviar al Juzgado sus conclusiones provisionales, en las que estima, en apenas tres líneas de redacción pasmosamente burocrática, que el grupo Bastión «carecía de toda organización, consistencia y jerarquía», razón por la cual, según él, «los hechos relatados no son constitutivos del delito de asociación ilícita». ¿Que no tenían la menor organización? Y entonces, ¿cómo sabían cuándo y dónde reunirse? Dice que carecían de «consistencia y jerarquía». En tal caso, ¿por qué unos impartían las instrucciones y otros las acataban? El artículo 515.5º del Código Penal se redactó precisamente para perseguir organizaciones violentas del género de Bastión. ¿Qué esperaba la Fiscalía de Bermejo para considerar a Bastión un grupo neonazi: que repartiera entre sus miembros carnés acreditativos de violencia y fanatismo? La de Bermejo no es una Fiscalía: es una vergüenza.